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Nombramientos en parroquias de la diócesis de Zárate-Campana

El obispo de Zárate-Campana, monseñor Pedro María Laxague, efectuó diversos nombramientos en varias parroquias de la diócesis, entre ellos, tres párrocos y tres vicarios parroquiales. El obispo de Zárate-Campana, monseñor Pedro María Laxague, efectuó nombramientos en seis parroquias de diversas localidades de la diócesis: Campana, Escobar y Pilar. Los designados en esas parroquias son los siguientes presbíteros: Presbítero Edgardo Galuppo, párroco de Nuestra Señora de Luján y Santos Apóstoles Pedro y Pablo, de la ciudad de Campana, continuando con su cargo en la rectoría Santa Bárbara. Presbítero Ariel Guzmán, párroco en San Antonio de Padua, de Ingeniero Maschwitz , Belén de Escobar. Presbítero Jonatan Sfardini, párroco en San Vicente de Paul, del barrio Ariel del Plata, en la ciudad de Campana. Presbítero Alberto Evangelista, vicario parroquial en San Antonio de Padua, de Presidente Derqui, Pilar. Presbítero Gustavo Parodi, vicario parroquial en Nuestra Señora del Pila

Régimen Municipal de Espectáculos Públicos en Espacios Públicos

Y al fin sancionaron la ley de espacios públicos:
El “Régimen Municipal de Espectáculos Públicos en Espacios Públicos” consta de 18 artículos, divididos en seis capítulos, que fueron consensuados casi línea por línea entre el bloque oficialista e impulsor del proyecto y las entidades, organizaciones y agrupaciones aglutinadas en el Movimiento de Cultura Libre (MOCULI).

El marco del diálogo, a pesar de algunas dificultades y estancamientos, permitió sopesar las mejores razones y criterios para definir no pocos aspectos que finalmente quedaron con una redacción muy distinta a la original.

Básicamente, de la primera versión los concejales corrigieron un puñado de requisitos que hubieran obstaculizado sin sentido el trabajo de las organizaciones culturales independientes, cada vez más pujantes en todas las localidades del distrito. Por caso, el plazo previo para solicitar autorizaciones se redujo más de la mitad: de 45 a 20 días. Incluso podrá ser inferior si se dan circunstancias especiales que ameriten la excepción.

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